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SEGUNDA DIVISION AMATEUR 
 

    REGLAMENTO CAMPEONATO URUGUAYO 2009/2010

                                 

    REGIMEN DE DISPUTA 
     

    El campeonato se disputará entre las Instituciones habilitadas para participar según lo establezcan las disposiciones de la AUF. Se disputarán dos torneos, el Apertura y el Clausura, en régimen de encuentros de todos contra todos. La Institución que logre mayor cantidad de puntos al final de cada torneo, será proclamada como campeón del mismo.- En caso de que dos equipos culminen igualados en la primera posición, se disputará un encuentro definitorio, en escenario neutral fijado por el Consejo de la Liga. Si el encuentro culminara igualado se jugará un alargue de 30 minutos divididos en dos periodos de 15 minutos cada uno y de persistir la igualdad el encuentro se definirá mediante la ejecución de tiros penales según régimen de FIFA. En caso de que sean 3 o más equipos los que igualen la primera posición de un torneo, se procederá de la siguiente forma: a) por mejor saldo entre goles a favor y goles en contra; b) por mayores goles a favor, c) por menor cantidad de goles en contra: d) por el resultado del partidos disputado entre las instituciones igualadas en la posición, y e) por sorteo, para determinar los dos finalistas. La definición de los segundos, terceros y cuartos puestos, en caso de empate de puntos, se definirá de acuerdo a los ítems referidos.-Para dilucidar el campeón uruguayo, se disputará un encuentro final entre los campeones de ambos torneos. Si dicho encuentro finalizara empatado se jugará un alargue de 30 minutos divididos en dos periodos de 15 minutos cada uno y de persistir el empate el encuentro se definirá mediante la ejecución de tiros penales según régimen de FIFA. De coincidir el campeón de ambos torneos, dicha institución será el campeón uruguayo, sin necesidad de encuentro definitorio. El vicecampeón del campeonato, en esta situación será el equipo que haya ocupado el segundo lugar en ambos torneos, y en caso de ser dos o más instituciones, se definirá la posición conforme a los ítems antes referidos.- 
     

    CALENDARIO 
     

    Todos los encuentros se disputarán los días domingos, en horario a determinar oportunamente.-

                               

    SUSPENSIONES

            

    Las suspensiones de los encuentros serán de exclusiva competencia del Consejo de la Divisional. Las mismas podrán decretarse hasta la hora 10 del respectivo día fijado para el o los encuentros.-

                

    REGIMEN ADMINISTRATIVO 
     

    Las etapas serán fijadas por el Consejo de la Divisional en sus sesiones ordinarias. El plazo para la presentación de denuncias por inhabilitaciones será de cinco días hábiles inmediatos siguientes a la fecha en que se disputó el encuentro origen de la denuncia. Durante la disputa de los encuentros los clubes podrán ejecutar hasta tres cambios de jugadores, contando al arquero, según reglamentación de la FIFA.-

    Las tarjetas rojas aparejarán la suspensión automática del jugador, sin perjuicio de lo que falle el Tribunal de Penas. La quinta tarjeta amarilla aparejará  la suspensión automática del jugador, sin derecho a recurso alguno.

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    Finalizado el primer torneo no se trasladarán las tarjetas amarillas acumuladas. Lo mismo ocurrirá una vez finalizado el segundo torneo, salvo que se deba disputarse una final por alguno de los mismos.- Están habilitados para actuar en primera división los jugadores que previamente estén fichados como tales en la AUF., sin límite de edad.- La institución que no se presente a disputar un encuentro por propia voluntad será sancionada con una multa equivalente a 50 unidades reajustables, las cuales deberán ser abonadas en Tesorería de A. U. F. previo a la fijación de un nuevo encuentro.- 
     

   PRECIO DE LAS ENTRADAS

                 

    El precio de las entradas será de $ 40 para los hombres y de $ 20 para damas y jubilados, previa presentación del respectivo carné de identidad. Las personas con capacidad diferente y menores de 12 años ingresarán gratis a todos los escenarios. Estos precios podrán ser variados por el Consejo de la Divisional durante el transcurso de los torneos.-     
     

Montevideo, 23 de setiembre de 2009

 

Artículo 1º: Modificase la denominación de: Liga Metropolitana Amateur y Consejo de Liga Metropolitana Amateur que establece el Estatuto y Reglamento General de A.U.F.,  por: Liga de Segunda División Amateur y Consejo de Liga de Segunda División Amateur, manteniéndose los mismos cometidos, organización, funcionamiento y régimen económico que tenía la referida Liga.

Artículo 2º: A partir de la temporada 2008-2009 y en la temporada 2009-2010, se establece un régimen de ascensos y descensos directos entre la Liga Profesional de Segunda División y La Liga de Segunda División Amateur mediante competencia deportiva.

Artículo 3º: Los clubes que ocupen los dos últimos lugares en la tabla de posiciones del Campeonato Uruguayo de Segunda División Profesional, descenderán a la Liga de Segunda División Amateur, si se tratara de instituciones radicadas en la zona territorial de dicha liga. En caso de tratarse de instituciones con sede en el interior del país, las mismas volverán a la órbita del fútbol amateur que corresponda.

Artículo 4º: El Campeón de la Liga de Segunda División Amateur, obtiene el derecho del ascenso a la Liga Profesional de Segunda División, siempre que cumpla con todas las condiciones exigibles a los clubes profesionales de la Liga a la cual ascenderá. En caso de estar impedido de hacerlo por no cumplir los requisitos exigidos, el lugar de ascenso lo ocupará el club que se ubique en la segunda posición de acuerdo a la reglamentación que rija el Torneo. En caso de no poder cumplir con las exigencias reglamentarias ninguno de los clubes mencionados, no se producirá ascenso a la Liga Profesional de Segunda División por esta temporada; manteniéndose los dos descensos establecidos en el Art. 3º.

Artículo 5º: En la Liga de Segunda División Amateur podrá participar la selección de la Liga Universitaria, cumpliendo las exigencias reglamentarias, funcionales, económicas de la citada Divisional.

Artículo 6º: Los clubes de la Liga Profesional de Segunda División que pierdan su categoría por razones extradeportivas (ajenas a la tabla de posiciones), se deberán incorporar a la Liga Amateur de su ubicación territorial. Los lugares que dejen libres no serán llenados por otros clubes hasta alcanzar el número máximo de 14 clubes en la Liga Profesional de Segunda División.

Artículo 7º: A partir de la temporada 2010-2011 y en lo sucesivo se producirán dos descensos en la Liga Profesional de Segunda División, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3º, y se producirán dos ascensos, uno desde la Liga de Segunda División Amateur; y otro mediante competencia deportiva organizada por el Consejo Ejecutivo de la O.F.I.

En todos los casos los clubes que asciendan deberán cumplir con las exigencias reglamentarias exigidas para ser club profesional de Segunda División.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

Sesión de 20 de Diciembre 2007

APROBADO

 

Segunda B Amateur      2008
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